13 abril 2007

¿Qué quiere esta gente...?



Cuando me hallaba escribiendo el post anterior sobre Laura Riera y Núria Pòrtulas, hablando sobre la ley antiterrorista que aprobó el gobierno del PSOE de Felipe González y que todavía hoy continua vigente, no pude evitar acordarme de la canción de Mª del Mar Bonet con letra de Lluis Serrahima titulada Què volen aquesta gent.

Para quien no lo sepa, la canción evoca el "secuestro" y posterior "asesinato" del estudiante Enrique Ruano el 17 de enero del año 1969 por parte de la policía. Enrique Ruano, de quien no he podido encontrar demasiada información, era miembro del Frente de Liberación Popular y se argumenta que su detención se debió al hecho de haberlo visto repartiendo propaganda de Comisiones Obreras. En el año 1994, el Supremo reabriria el caso, pero los tres policías implicados fueron absueltos por la Audiencia.

Podéis encontrar información relacionada en:

Como puede verse en el último enlace, el autor dice:

Aunque la canción da a entender que a Enrique le tiraron desde su casa, en realidad parece ser que fue desde un piso de la policía al que le llevaron después de dos días de detención y torturas. La confusión con que se conocían las noticias entonces y la prisa por dar una respuesta política y pacífica, como efectivamente se hizo sobre todo en Barcelona, justifican la "licencia poética".

Vale la pena que veáis y escuchéis el video que viene a continuación:



Letra de la canción
Letra de la canción original en catalán
Maria del Mar Bonet
Sabor de Gracia

Fotografía de Jordi Gomara. Amanecer en Vallromanes, marzo de 2007

Más fotografías de Jordi Gomara:

14 comentarios:

Santi Benítez (Sun_Tsu) dijo...

Sólo para que quien lea este... post, no se vaya a ir con la chorrada en la cabeza sobre la ley antiterrorista:

El enlace es del wikipedia, es decir, informarse para escribir algo no cuesta tanto, que manda cojones...

Ôo-~

Jordi Gomara (itaca2000) dijo...

Evidentemente estoy hablando de la Ley Corcuera, la de la patada en la puerta, si hubieras leído el post anterior, creo que estaba bien claro. No solo me informo cuando escribo, por eso dejo tantos enlaces, sino que por ser algo mayorcito que tú, y si lo siento no soy un defensor de las leyes del sistema actual como tú. Las critico para cambiarlas.

Viví la historia de la ley "de la patada en la puerta" fue una historia muy dura, hay gente que lo pasó muy mal por culpa de esa ley que autorizaba a entrar por las buenas en tu casa e incomunicarte durante mucho tiempo. Sin ningún derecho, sin abogado, sin comunicación con el exterior, sin saber tu família nada de ti.

Este es el bonito estado de derecho. ¿A ti te parece bien que un gobierno presuntamente socialista apruebe algo semejante?

Jordi Gomara (itaca2000) dijo...

Sí, habían peores leyes durante el franquismo. Manda cojones. Eso no justifica que un gobierno socialista venga a recuperar el espíritu de esas leyes.

Jordi Gomara (itaca2000) dijo...

Quería decir que por ser algo mayorcito que tú, he vivido bastante de cerca ciertas historias que tú, tal vez, solo puedas leerlas o que alguien te las cuente.

Anónimo dijo...

Lo mejor de todo es que en el enlace a la wikipedia se señala que "a ella [la ley antiterrorista] deben añadirse otras modificaciones de dicho texto, medidas e interpretaciones legales que se aplican a terroristas"

Y entre ellas cita: la ley Corcuera, la ley de partidos, la política penitenciara. Además, el artículo, el que se supone que debe contradecir no sé qué, dice claramente que son consideradas leyes o medidas antiterroristas (y de excepción, como la propia ley en su forma original, lo que hace mucho más "adorable" este Estado de derecho, que define leyes aplicables sólo a terroristas antes de que nadie haya sido condenado o calificado como tal por un tribunal)

Bueno, al tema y verdaderamente interesante: no conocía la historia, pero lo importante no es únicamente el caso puntual sino comprobar cómo, pasados los años y cambiados los regímenes, siguen existiendo "proscritos" y "perseguidos" sólo por motivos políticos o ideológicos, y cómo la estrategia, ésa sí que no cambia, pasa por criminalizarlos o etiquetarlos como terroristas, por ejemplo.

Un saludo.

Santi Benítez (Sun_Tsu) dijo...

Para dejarlo claro, primero, la ley Corcuera fue declarada inconstitucional, por ese mismo Estado de Derecho que tan poco te gusta a ti y al otro, es decir, por el Tribunal Constitucional en su Sentencia 341/1993 de 18 de noviembre de 1993, en relación al artículo 21.2 con respecto a la entrada en los domicilios sin autorización judicial. Ahora, eso sí, me gustaría mucho que me reprodujeras aquí alguna sentencia o hecho achacable a la ley Corcuera. Y te advierto que yo sí tengo el Aranzadi para saber si es real o no lo que dices. Para manipular con Jazz ya hay suficiente.

Es decir, no sólo es que la ley Corcuera, que ahora me dices que es de eso de lo que hablabas, no esté en vigor hoy día, sino que, además, la ley antiterrorista no fue aprobada por ningún gobierno socialista, sino que ha sido matizada por todos y cada uno de los gobiernos de la democracia, es más, no existe ningún gobierno europeo que no la tenga de una u otra forma en su ordenamiento jurídico.

Y no me apeles a la edad, que no cuela. He vivido más leyes antiterroristas por esos mundos de dios, entre ellas la rusa, la israelí o la inglesa, de las que tú te puedas inventar. Así que no vengas con cuentos.

Vuelvo a repetir, cuando escribas algo hazlo informándote de lo que escribes, que para chorradas, ya te digo, está el "Subir al cielo" subido sobre mi dedo corazón... corazón.

Hasta el moño de moñas, tú.

Ôo-~

Santi Benítez (Sun_Tsu) dijo...

Y ahora tú, manipulador del Jazz.

La ley antiterrorista existe no sólo en España, existe en todos los países europeos bajo una u otra forma jurídica. Es decir, no es que nuestro Estado de Derecho, de forma excepcional con respecto al resto de los países de nuestro entorno, tenga dicha ley, es que la tiene como la tienen todos los países que integran la UE. Con una diferencia, cualquier persona que sea detenida, ya sea en aplicación de la ley antiterrorista o no, puede acogerse al Habeas Corpus que, como imagino sabrás, inteligente, es el derecho de todo ciudadano, detenido o preso, a comparecer inmediata y públicamente ante un juez o tribunal para que, oyéndolo, resuelva si su arresto fue o no legal, y si debe alzarse o mantenerse - eso no existe en ningún caso en nuestro entorno y con ley antiterrorista al uso, menos (el caso francés es muy revelador al respecto)-.

En el caso de presos etarras o de cualquier otra persona que haya ejercido dicho derecho en aplicación de la ley antiterrorista, sólo existen 6 precedentes de personas que se hayan acogido al mismo. Digo yo que por algo será que la inmensa mayoría de aquellos que son detenidos en relación a la ley anterrorista no ejerzan un derecho tan básico. Bajo mi punto de vista porque el ejercicio de Habeas Corpus en caso de existencia de pruebas fehacientes de pertenencia a banda armada o de connivencia con organización terrorista significa la ejecución inmediata de traslado a la Audiencia Nacional. En el caso de Dña. Nuria es muy posible que entre en el Aranzadi como el séptimo precedente. Aquí la cuestión es que el juez, porque es un juez quien decide si la legislación antiterrorista es de aplicación o no, optó por mantener la acusación, es decir, tuvo, al parecer, la información y la acreditación de pruebas suficiente como para dictaminar que dicha legislación le fuera aplicada y la acusación admitida. Y a buen entendedor pocas palabras bastan.

¿O Por qué crees tú que es, so manipulador?

Tus ataques al Estado de Derecho, teniendo en cuenta que perteneces a esa minoría minoritaria que aboga por la conclusión del mismo, claro, no sólo es que carezcan de valor sino que además son pueriles y penosos, tanto por la falta de información sobre el funcionamiento de las leyes y, por lo tanto, del funcionamiento del Estado de Derecho, como por las razones sesgadas que esgrimes. Ocurre lo mismo con respecto a tus opiniones sobre según que es violencia y que no, o que es terrorismo y que no. Cuestión de simpatías personales que ni vienen a cuento ni me importan en lo más mínimo con respecto a un argumento real.

Ôo-~

Anónimo dijo...

Sigo con el artículo de la wikipedia (para contestar a ambos comentarios, no me limito al mío porque poco tiene además de improperios y crispación). Sobre la ley dice:

"permitía el acceso a domicilios privados por parte de la policía si "sospecha" que se está cometiendo un delito, incluía la obligación de llevar el "Documento Nacional de Identidad" (DNI) y la posibilidad de ser "retenido" (que es diferente a ser "detenido") sin presencia de abogado en caso contrario"

Efectivamente:
"El artículo 21.2 el más polémicos de esa ley, relativo a la entrada en los domicilios sin autorización judicial, fue declarado nulo por el Tribunal Constitucional en su Sentencia 341/1993 de 18 de noviembre de 1993"

Lo cual supuso, para un socialista y demócrata de pro:
"dimitiéndo el ministro promotor"

Pero:
"aunque se mantuvo todo el resto de su articulado actualmente en vigor"

(ojo a la mentira del comentarista anterior: la Ley Corcuera sigue en vigor, a pesar de que en su comentario dice lo contrario)

El comentarista anterior, además, supongo que pretendiendo demostrar lo mentiroso y manipulador que somos algunos, pide:

"me gustaría mucho que me reprodujeras aquí alguna sentencia o hecho achacable a la ley Corcuera."

Aquí va un hecho demostrativo de víctimas de la patada en la puerta (aprovechando bien el tiempo en el intervalo desde el nacimiento y su declaración como inconstitucional):

"Más determinante aún fue la aplicación de la "Ley Corcuera" a Selu y a unos colegas de otros grupos musicales vascos confundidos con miembros de la banda armada ETA. Este episodio surrealista y sintomático de la tensión represiva que se vivía en la España del 92, deja al grupo maltratado por los medios, y escarmentado de las llamadas "libertades civiles""

Episodio que no sé si aparece en los libros, pero que es muy conocida en foros musicales ya que entraron a patadas en su piso(aquí)

¿Otro hecho en el que se ejecuten el resto de puntos de la ley que siguen en vigor? El de Núria Pòrtulas, no dirá que tiene que ir a buscar muy lejos.

Perdón por la falta de sentencias firmes en los ejemplos, es que esa ley nace para poder actuar sin dichas sentencias de por medio, mira tú por donde.


Éste es ese Estado de Derecho que se debe defender sin poder, como dice Jordi, reclamar o incluso exigir. ¿Que todos los estados aplican legislaciones de excepción? ¿Que todos los estados diseñan las formas a través de las cuales pueden saltarse principios básicos como la presunción de inocencia? ¿Que todos los estados aplican leyes a terroristas dando la vuelta a todo ya que emplean este termino, que sólo tras un juicio puede ser empleado, antes de dicho jucio? ¿Que todos los estados lo hacen? Ah, bueno, pues perdón por pensar que sigue siendo una aberración, una brutal violación a la igualdad y la libertad y un escandaloso bandazo que aleja a la justicia de esos postulados de los que hace gala.

Santi Benítez (Sun_Tsu) dijo...

A ver, so ignoto, no hacen falta sentencia para entrar en un domicilio, hace falta orden judicial. Eso para empezar.

El "aquí" que pones lleva a una página de un grupo que se llama Reincidentes, sevillanos para más señas... ¬¬

Hablando de todo un poco, ¿Me podrías decir que es lo que aún sigue en vigor de la Ley Corcuera? Es decir, que párrafos siguen en vigor y cuales no. Es más, para ponértelo más claro no vaya a ser que ahora me enlaces una página de condones de colores, que partes de la ley Corcuera hacían referencia al terrorismo y siguen vigentes.

No existe ninguna sentencia basada en la Ley Corcuera, se llama así a lo declarado como inconstitucional por parte del Estado de Derecho, ni en el Aranzadi ni en Villa Conejos de Abajo. Y ya le puedes echar inventiva, ya...

Repito lo dicho con respecto a Nuria, porque si por repetir fuera...

"En el caso de presos etarras o de cualquier otra persona que haya ejercido dicho derecho en aplicación de la ley antiterrorista, sólo existen 6 precedentes de personas que se hayan acogido al mismo. Digo yo que por algo será que la inmensa mayoría de aquellos que son detenidos en relación a la ley anterrorista no ejerzan un derecho tan básico. Bajo mi punto de vista porque el ejercicio de Habeas Corpus en caso de existencia de pruebas fehacientes de pertenencia a banda armada o de connivencia con organización terrorista significa la ejecución inmediata de traslado a la Audiencia Nacional. En el caso de Dña. Nuria es muy posible que entre en el Aranzadi como el séptimo precedente. Aquí la cuestión es que el juez, porque es un juez quien decide si la legislación antiterrorista es de aplicación o no, optó por mantener la acusación, es decir, tuvo, al parecer, la información y la acreditación de pruebas suficiente como para dictaminar que dicha legislación le fuera aplicada y la acusación admitida. Y a buen entendedor pocas palabras bastan".

Ah, y antes de que se me olvide, la presunción de inocencia existe frente al tribunal y durante juicio, que siempre, en caso de duda, se inclinará por la inocencia del imputado dado que siempre será inocente a no ser que se demuestre, más allá de toda duda razonable, su culpabilidad. Eso no tiene absolutamente nada que ver con la detención, prisión condicional o incondicional, aplicación de jurisprudencia antiterrorista, registro de vivienda habitual, así como seguimiento, escuchas o vigilancia de cosas y personas, que siempre serán dictaminadas por orden judicial con arreglo a las pruebas pertinentes facilitadas por las fuerzas de seguridad del Estado. Es decir, es tal el desconocimiento y la ignorancia de los términos que intentas manejar que más que pena das asco. Intenta usar un poco el Google, que falta te hace.

Y no me vengas con milongas de "perdón por la falta de exposición de sentencias en firme", esas sentencias no existen. No flipes. Y vuelvo a repetir, te reto a que me expongas una sentencia en firme que afectara a una persona durante la historia de la democracia en base a la ley antiterrorista que haya sido antidemocrática... ¿La sentencia de De Juana? ¿La de la Audiencia Nacional o la del TS?

La existencia de la ley antiterrorista, así como de una legislación específica en cuanto al delito de terrorismo no sólo no es una aberración, es de lo más útil. Y la persecución, detención y enjuiciamiento del aparato de financiación y propaganda de ETA, así como de las sucesivas cúpulas militares de la misma lo demuestran más allá de toda duda.

P.D.
La justicia no tiene nada que ver con absolutamente nada de lo que vienes exponiendo. La ignorancia de los mecanismos legales y del funcionamiento del Estado de Derecho sí, y mucho.

P.D.2
Y ahórrate lo de "improperios" y demás chorradas que no cuela, trauskila.

Ôo-~

Anónimo dijo...

Reincidentes es un grupo sevillano sí, y la página enlazada es precisamente la que quise enlazar. La patada fue en la puerta del domicilio de uno de los componentes del grupo, "Selu", que estaba en casa con unos amigos y fue un caso con repercusión mediática, para más señas.

Por cierto, nadie habló de sentencias para entrar en casa de nadie. En este episodio se produjo la citada patada, no la falta de sentencia.

Espero esto sirva para que puedas entender la relación entre el párrafo que extraje y la página enlazada y no me hables de condones de colores.

Lo único que diré, porque es de lo que se trata aquí, es que las leyes de excepción, los tribunales de excepción, la presunción de inocencia dañada por ambos, la detención incomunicada y sin presencia de abogados, la aplicación de esta legislación contra colectivos por su ideología (esto sobre todo), etc. son criticables y es de derecho exigir su modificación. Todo eso tiene su sitio en la bibliografía o la legislación, o bien son conductas aceptadas o aceptables mayoritariamente ("si está ahí, algo habrá hecho"), nadie lo duda y sobre eso seguro que podrías estar 7 días postulando. Lo que sí parece muy dudoso es eso de descalificar a los que se oponen a ello (bueno, y el mero hecho de defenderlo). Jordi hablaba de un partido socialista creando una modificación, un matiz o un añadido (llámalo como quieras) de la ley antiterrorista. Y a mí, como a Jordi creo, que esa ley salga de algunos que se llaman demócratas y socialistas, como que sorprende. Y por ahí iban los tiros, no por clases magistrales de derecho. El interés, al menos para mí, está ahí (interés en el tema, en la charla contigo, como ya te dije en la última, ya ninguno). Por ahí va el tema y hasta ahí llego yo.

PD. Mira, sin un sólo calificativo dirigido al interlocutor, algo que parece no ser capaz de enseñarte el Aranzadi

PD. La ley no te será difícil encontrala, y seguramente en su redacción sin ese artículo declarado nulo. Lo que es evidente es que sigue en vigor, algo que negaste. Y más evidente es que se trata de una ley de excepción, a las que como ya he dicho me opongo (a mí no me vale el argumento del porcentaje de acierto).

Unknown dijo...

Por cierto, y porque eso de la pena y el asco merece una mención especial. Me explicas, como lo hacen los expertos, no podía ser de otra manera, qué significa "presunción de inocencia". Pues bien, yo me inclino por no quedarme con la versión cuadriculada del término y suponer, mira cómo somos algunos, que una persona no puede ser retenida durante 5 días, en interrogatorios que nadie observa y sin asistencia letrada. Me parece que eso es tratar a un individuo como culpable, y no soy el único:

"Amnistía Internacional se opone a la detención en régimen de incomunicación por ser una práctica que facilita la tortura y los malos tratos y que aumenta el riesgo de violaciones de derechos humanos contra los detenidos.

Actualmente en España se puede mantener detenida a una persona en régimen de incomunicación por un periodo de hasta 13 días, los primeros 5 sin tener la posibilidad de ser llevado ante un juez, lo que viola normas internacionales de derechos humanos como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. "

Jordi Gomara (itaca2000) dijo...

Bueno, es que acabo de llegar y ahora no es hora de ponerse a discutir mucho, o sea que más bien me voy a dormir. Pero el caso más descarado es el de Èric Bertran, no sé si lo conocéis, un chaval de 14 años que pide a tres empresas que se etiqueten los productos en catalán, como suele hacerse en Castilla etiquetarlos en castellano, o en Francia etiquetarlos en francés, diciendo que si no lo hace irá el ejército del Fénix (de Harry Potter) a tomar represalias. Hay un vídeo genial que describe la incompetencia y la peligrosidad de los jueces de la Audiencia Nacional (suerte que era un chiquillo y ERC, principalmente, tomaron carta en el asunto y hablaron con la fiscal. Aún así, lo abominable del comportamiento de la fiscal del grandioso ESTADO DE DERECHO, etc. queda patente en un caso que hasta los guardias civiles que lo detuvieron se reían de lo ridículo que resultaba ser todo. Suerte, digo, suerte, que algún diputado tomó cartas en el asunto, si no este chaval estaría ahora entre rejas por pedir que se etiquetaran los productos en su lengua en el país donde se habla su lengua.

Lo siento, está en catalán, no conozco ahora mismo una versión en castellano. Si lo podéis entender, vosotros mismos. Y, Santi, háztelo mirar, porque eres más papista que el papa, y si queremos un mundo mejor nos hace falta gente como Jimmy, no como tú; I'm sorry. Por supuesto, apoyo todas y cada una de las palabras de Jimmy. Y es que tampoco hay que ir a buscar tantos datos, la realidad está enfrente de nuestras narices, y los que hemos sido o somos más o menos activistas, conocemos muchos casos de primera mano. Y es que, en los tiempos de Franco, si te "portabas bien" tampoco te detenían, fíjate tú, al menos eso mantiene mucha gente. Y claro a ti, Santi, con tus argumentos nunca te hubieran detenido, por supuesto. A mí si me detuvieron una vez saliendo de un pub, y si no fuera por unos amigos que fueron hasta la comisaría a dialogar varias horas con el comisario no sé que hubiera pasado, símplemente por decir que nos trataran como a personas y no como delincuentes o animales a los policías al avasallarnos y faltarnos el respeto al salir del pub cuando nos pidieron el carnet de identidad. Eso fue cuando Felipe González era presidente del gobierno, precisamente, y ningún juez firmó mi detención, por cierto.

http://blocs.mesvilaweb.cat/node/view/id/46544

Jordi Gomara (itaca2000) dijo...

Aquí el caso Èric Bertran

Santi Benítez (Sun_Tsu) dijo...

A ver si lo entiendes de una vez, cuando le dije a Jordi que la ley Corcuera fue declarada inconstitucional y no es de aplicación evidentemente me refería a la patada en la puerta, cosa que entendería cualquiera.

La definición que he dado de la presunción de inocencia es la legal porque es la única que existe en el ordenamiento jurídico, y porque no existe ninguna otra definición en ningún otro ámbito. ¿Se pueden hacer cábalas sobre otra definición? Pues no te digo que no, pero es lo que hay, y lo que, además, debe haber en tanto en cuanto alguien es inocente ante un delito cometido y, por lo tanto, ante un tribunal.

La aplicación de la ley de antiterrorista no ha sido, ni lo ha sido nunca, aplicada contra colectivos por su ideología - y aquí entramos en lo de siempre, tus simpatías-, ha sido aplicada contra terroristas, contra los propaganditas y financiadores de esos terroristas, gente que asesina, secuestra y extorsiona, criminales, no colectivos por su ideología, y batatasuna ha sido ilegalizada por ser parte del entramado de propaganda y financiación de la banda terrorista, no por otra cosa. Y si tienes pruebas de lo contrario acude a un juzgado.

Sí, es cierto, da pena y asco que alguien que intenta poner en tela de juicio el Estado de Derecho desconozca completamente el funcionamiento de las leyes, así como del propio Estado de Derecho.

Y los días de interrogatorio, etc, etc, no quitan ni limitan el derecho al Habeas Corpus... claro que, como dije antes, sólo 6 personas en aplicación de la legislación antiterrorista lo han solicitado en 30 años de democracia. Ya digo, por algo será.
Lo de Amnistía Internacional es que no vale la pena ni comentarlo.

Como le dije una vez a Miguel Arana, queda muy bien poner en duda la legislación antiterrorista, lo que Amnistía internacional no dice, ni tampoco Miguel, ni tú, es la cantidad de vidas que la ley antiterrorista ha salvado acabando con el entramado de la banda terrorista, con las detenciones de los comandos, con la desarticulación de su capacidad de financiación. Eso es lo que gente como tú, Jordi y los de Amnistía Internacional, tranquilos en sus casas son incapaces de responder.

Pero queda bien... para el que se lo crea, claro.

Ôo-~